Escrito por 4:23 pm Derechos Humanos, Destacados

Lanzamos Acción Urgente a la Comunidad Internacional sobre hechos en Colombia en el Marco del Paro Nacional.

Las organizaciones sociales, académicas y los colectivos que suscribimos este documento,

Las organizaciones sociales, académicas y los colectivos que suscribimos este documento, acudimos con URGENCIA y PREOCUPACIÓN ante los organismos intergubernamentales e internacionales de protección de Derechos Humanos, con el fin de poner en su conocimiento y denunciar los graves hechos de limitación y violación a derechos humanos, uso excesivo de la fuerza y abuso de poder por parte del Estado, representado en los cuerpos policiales y anti-motines de Colombia.
En los últimos días las vejaciones por parte de estos actores han atentado contra la dignidad del pueblo, el derecho de reunión pacífica, a la vida, a la libertad e integridad personal y a la libertad sexual de ciudadanos y ciudadanas colombianas, que han participado en manifestaciones públicas en rechazo a la Reforma Tributaria, la Reforma a la Salud, el mal manejo de la pandemia del Covid-19, impunidad en los asesinatos de líderes sociales y la gestión de la presidencia del gobierno de Iván Duque; así como la violencia durante la movilización que conmemora el 1 de mayo, Día Internacional del Trabajo.

Resumen Ejecutivo:
El propósito de esta Acción Urgente es visibilizar las violaciones a los Derechos Humanos y el uso desproporcionado de la fuerza por parte de la Policía Nacional y las Fuerzas Militares con ocasión a las manifestaciones que estallaron los días 28, 29, 30 de abril y 1 mayo que comportan la responsabilidad internacional del Estado. En Colombia ya existían causas subyacentes a la reforma tributaria que dan cuenta de la sistemática vulneración a derechos humanos en cabeza del Estado, por eso esta Acción Urgente consta de cuatro partes: (1) contexto previo a las movilizaciones sociales del 28 de abril de 2021 en adelante; (2) sobre las movilizaciones sociales realizadas a partir del 28 de abril de 2021; (3) solicitudes y exigencias; y (4) anexos.

  1. Contexto previo a las movilizaciones sociales del 28 de abril
    de 2021 en adelante
    Colombia es un país profundamente desigual. Las problemáticas sociales, económicas y políticas se han agravado con la pandemia, ante la cual las medidas adoptadas por los estados en la atención y contención del virus han tenido un impacto importante sobre los derechos humanos de la sociedad en general, pero especialmente sobre personas y grupos en situación de vulnerabilidad que, hasta este momento, como se expone a continuación, se han visto restringidos injustificadamente en el ejercicio de los derechos políticos, de reunión y libertad de expresión, causando agravios de diversa índole.

Las banderas rojas se sumaron a las medidas de confinamiento como una manera de contraatacar el hambre. Algunos hogares de los barrios más vulnerables utilizaron este instrumento en las fachadas de sus casas para pedir auxilio ante la incertidumbre del desempleo y la hambruna. La pandemia por la Covid-19 sólo ha agudizado las innumerables problemáticas del país: pobreza, corrupción, brechas de desigualdad material, inequidad en la distribución de la riqueza, un proceso de paz inacabado, polarización política, autoritarismo, impunidad, etc.

Una vez anunciadas las medidas de confinamiento durante el año 2020, el Gobierno Nacional benefició directamente a los fondos privados de pensiones y al sector financiero con incentivos económicos, dejando por fuera a los pequeños empresarios, a los desempleados y trabajadores informales, provocando así la reducción de los ingresos en los hogares aproximadamente en un 73 %, según investigación de la Universidad del Rosario, la Fundación Konrad Adenauer, El Tiempo, y la consultora Cifras y Conceptos.

Con respecto a la seguridad alimentaria, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) levantó la Encuesta Pulso Social (EPS) con el propósito de rastrear los indicadores sobre el comportamiento de la economía en los hogares, y encontró que 1,4 millones de hogares que antes de la pandemia consumían 3 comidas al día, en el 2020 pasaron a alimentarse una (1) o dos (2) veces al día. El resultado de esta encuesta también indica que a medida que se flexibilizaron las medidas del confinamiento, los gobiernos locales abandonaron paulatinamente las ayudas en materia alimentaria y asistencia

socioeconómica desatendiendo a las personas que perdieron sus empleos a causa del cierre económico.

Además, el Instituto Nacional de Salud (INS) en su informe “Covid-19 en Colombia, consecuencias de una pandemia en desarrollo” presentó las afectaciones que tuvo la pandemia para las comunidades indígenas como los Yukpa (Serranía del Perijá), quienes antes de la pandemia venían sosteniendo problemas en las precarias condiciones higiénico-sanitarias y que se encuentran adscritos al Programa Mundial de Alimentos (PMA), fueron los más afectados en sus condiciones económicas, sociales y culturales. No dista de ello la situación del pueblo Wayuú (La Guajira) que, según el “Informe Anual de la Veeduría Ciudadana para la Implementación de la Sentencia T-302 del 2017“ durante la emergencia los derechos a la salud, al agua, a la alimentación y a la participación no fueron garantizados.

A estas situaciones donde se denotan los intereses mercantiles del Gobierno Nacional inclinados a favorecer el sector privado y a la élite que históricamente ha detentado el poder público, se sumó la reforma tributaria maquillada bajo el nombre de “Ley de Solidaridad Sostenible” la cual desfavorece de manera directa a la clase media y obrera del país considerablemente afectada por la pandemia. La estrecha relación entre los grandes empresarios y el gobierno de Iván Duque ha sido una constante, al punto que es posible hablar de una cogobernabilidad, situación que se evidencia en las políticas impulsadas por el Gobierno Nacional y en el rol decisorio que hoy desempeñan los voceros de los gremios en las disposiciones gubernamentales, como queda confirmado en la reforma tributaria que grava muy poco los grandes capitales.

Cabe señalar que el lenguaje utilizado por el actual gobierno desprende una serie de ambigüedades para nombrar los eventos que determinan la responsabilidad por activa y por pasiva del Estado, opacando y confundiendo a la opinión pública en un momento coyuntural: la pandemia, la pobreza y la incertidumbre1. De conformidad con el “Balance del segundo año de gobierno de Iván Duque” presentado por la Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, democracia y desarrollo y La Alianza de Organizaciones Sociales y Afines por una

1 Prueba de esto es el escándalo internacional del presidente al nombrar “homicidios colectivos” a masacres (utilizada por organismos como la ONU), cuyo objetivo es suavizar e invisibilizar la responsabilidad del Estado en estos hechos.

Cooperación para la Paz y la Democracia en Colombia, tal hipertrofia de lo privado tiene como objetivo desnaturalizar lo público para beneficiar el lucro privado, socavando el interés común y evidenciando una clara regresividad en los derechos humanos y un aumento de las funciones policivas del Estado de Derecho.

El 7 de marzo de 2020, fecha en la que se confirmó el primer caso de Covid-19 en el país, el presidente Duque se reunió con su gabinete así como con representantes de los gremios empresariales. El mandatario convocó a los gremios en tiempos de crisis consultando qué hacer ante la llegada del virus al país y frente a la fuerza de las protestas contra su gobierno, usando un lenguaje propio de la rendición de cuentas informando a los empresarios sobre tales situaciones y sobre las primeras medidas del gobierno. En tales convocatorias, los empresarios tuvieron prioridad por encima de otros grupos sociales que parecían más idóneos o relevantes; como los expertos epidemiólogos o sanitarios. Esta captura corporativa del Estado resulta nociva para la salud, la democracia y los derechos humanos.

En esta misma línea, el gobierno, mediante el Decreto 444 del 21 de marzo de 2020, creó el Fondo para la Mitigación de la Emergencia (FOME), un fondo/cuenta sin personería jurídica, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Los usos de los recursos están definidos en el artículo 4 del mismo decreto, y del cual se destacan: realizar las transferencias del presupuesto a entidades, efectuar apoyos de liquidez al sector financiero, invertir en instrumentos de capital o deuda emitidos por empresas, entregar directamente financiamiento a empresas y proveer liquidez a la nación.

El informe “El Desgobierno” publicado por la Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, denuncia que posterior al decreto citado nuevos recursos fueron integrados al FOME: $ 9,8 billones que, creativamente, aparecieron de la articulación de las políticas monetaria y fiscal, sacando provecho de la decisión tomada en la reunión extraordinaria de la junta directiva del Banco de la República del 14 de abril de 2020, en la que decidió inyectar liquidez permanente a la economía mediante la reducción del encaje bancario (proporción del dinero que los bancos deben mantener como respaldo del dinero que captan), pasándolo del 11 % al 8 %. Al día siguiente, sin mayor pudor, el Gobierno de Colombia publicó el Decreto 562, por medio del cual crea

una inversión obligatoria temporal en títulos de deuda pública interna denominados Títulos de Solidaridad (TDS), cuyos recursos serán destinados a conjurar las consecuencias de la crisis. Con suerte, dicha disposición normativa resulta ser un decreto sastre, hecho a la medida de los banqueros y que genera endeudamiento estatal.

Adicionalmente, el mencionado informe denuncia que el Decreto 558 de 2020, con el que se configuró un nuevo beneficio al sector financiero dueño de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), ordenó el traslado de afiliados prontos a pensionarse bajo la modalidad de renta vitalicia, para que sus pensiones fueran asumidas por el régimen público de pensiones, hecho que redunda en un alivio al sector financiero con recursos públicos. A su vez, configuró un abuso a la clase trabajadora colombiana, al no permitir sumar como semanas cotizadas de trabajo los aportes que se hagan en este lapso de crisis y el cobro abusivo que se puede presentar a trabajadores a los que no se les debería cobrar el seguro provisional.

El gobierno, además, ha intentado inflar la cifra de los gastos previstos para mitigar los efectos de la pandemia en el país. En 2020 el presidente Duque afirmó que los gastos destinados a la emergencia sanitaria eran de 117 millones, cifra desmentida posteriormente por analistas financieros y por el Viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, quien ha explicado que, en resumen, el Gobierno ha destinado para el 2020 en realidad un gasto fiscal para enfrentar la pandemia cercano a $30 billones. No obstante, el Observatorio de la Universidad Javeriana precisó en junio de 2020 que “es distinto tener recursos a la mano para cuando se necesiten, que realmente gastarlos en la emergencia” y que, “a la fecha, los traslados a distintas entidades del Gobierno para la atención a la pandemia son $3,6 billones o apenas 0,34% del PIB”.

Finalmente, la tradición de la represión y el miedo como instrumento político, continúa. Para el año 2020 se registraron un total de 310 líderes sociales asesinados en todo el territorio nacional, de los que 64 eran firmantes del Acuerdo de Paz y 12 sus familiares, esto de conformidad con las cifras recolectadas por Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (INDEPAZ). La situación en 2021 no resulta ser alentadora, en lo que lleva del año se han presentado el asesinato de un lider social cada dos días, para un total de 54

hasta la fecha, según el último reporte del Instituto por lo que el panorama de violencia nunca términa en el país.

  1. Sobre las movilizaciones sociales realizadas a partir del 28 de abril de 2021
    Durante el mes de marzo del año en curso, el Gobierno Nacional anunció la presentación de una reforma tributaria en medio de la crisis económica, social y de salud experimentada en el contexto de la pandemia del COVID-19. Esta reforma aumenta la carga tributaria de la clase media y trabajadora del país al gravar el consumo de bienes y servicios básicos a través del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y ampliar la base de contribuyentes del impuesto de renta entre 2022 y 2023.
    Diferentes sectores sociales hicieron un llamado nacional a movilizarse el 28 de abril tras identificar que la reforma tributaria presentada por el Gobierno Nacional afecta la calidad de vida y profundiza las consecuencias de la pandemia y las desigualdades sociales, toda vez que la reforma busca gravar productos cotidianos (Canasta Basica Familiar) o cambiarlos de categoría de exentos a excluidos, lo que se verá reflejado en el precio final de muchos productos perjudicando a los consumidores, especialmente a las personas más vulnerables.
    El día 27 de abril, medios de comunicación difundieron los resultados de la encuesta realizada por Opinómetro de Datexco Company S.A., en la cual concluyen que “[u]n 73,1% de los encuestados respondieron que están de acuerdo con el paro, 20,0% estaría en desacuerdo. Sin embargo, un 36,2% saldrán a marchar el próximo miércoles y un 57,5% no lo hará” 2.

El mismo día fue emitido un auto por parte de la Subsección “B”, de la Sección Cuarta adscrita al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, dentro del radicado 2020-02700-00, mediante el cual resolvió, entre otros lo siguiente:

2 El Tiempo, Colombianos están de acuerdo con el Paro Nacional según Datexco, 27 de abril de 2021, disponible en:
https://www.eltiempo.com/politica/colombianos-estan-de-acuerdo-con-el-paro-nacional-segun-d atexco-584169

“…DECRETAR DE MANERA OFICIOSA COMO MEDIDA CAUTELAR PROVISIONAL EL APLAZAMIENTO DE LAS MANIFESTACIONES A LLEVARSE a cabo el día de
mañana veintiocho (28) de abril de y primero (1o) de mayo de 2021 hasta tanto se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra la PANDEMIA COVID-19 Y SUS MUTACIONES que garantice a los manifestantes como a los terceros de que se da cuenta en esta providencia los derechos fundamentales a la SALUD, LA VIDA y la SALUBRIDAD PÚBLICA de tal manera que los tutelantes y manifestantes como las autoridades públicas accionadas salvaguarden en especial los derechos de los niños, de las personas de la tercera edad, de sus familias y de los médicos que segundo a segundo están exponiendo su vida en las UCI DE LOS HOSPITALES Y CLÍNICAS para proteger la vida de los infectados por el referido virus…”.

El día 27 de abril de 2021, en horas de la noche y a través de medios de comunicación, el Ministro del Interior públicamente manifestó que se daba cumplimiento a la orden del Tribunal Administrativo de Cundinamarca3, y realizó comunicación a gobernadores y alcaldes, informando la orden de aplazar las manifestaciones previstas para el 28 de abril y el 1 de mayo de 2021, hasta tanto se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra la pandemia COVID-19 y sus mutaciones4.

Las limitaciones que se intentaron efectuar a las movilizaciones sociales a través del Auto y de los diferentes pronunciamientos públicos del Gobierno Nacional, son de carácter inconstitucional e inconvencional, en tanto el derecho a la protesta es considerada la regla general y, por tanto, las limitaciones impuestas a su ejercicio deben ser de carácter excepcional, tal y como lo señalan la Corte IDH y la Corte Constitucional colombiana5. En este sentido han señalado ambos Tribunales, que los Estados no podrán condicionar el ejercicio del derecho a la protesta a una autorización previa.

Posteriormente, en horas de la noche, se expidió un comunicado público por parte del Comité del Paro en el cual se manifiesta que “[e]l paro se mantiene, la

3 Declaraciones Ministro del Interior Daniel Palacios Martínez – 27 de abril 2021. (Mininterior Colombia). 2021. (vídeo grabado por el autor).
4 Ministerio del Interior, Comunicación Externa, 27 de abril de 2021.
5 Corte Constitucional de Colombia. Sentencia C-223 de 2017. M.P. Alberto Rojas Ríos.

protesta es un derecho fundamental. El Comité Nacional del Paro y las organizaciones que lo integran no han sido vinculadas como parte del incidente de desacato en el trámite de una acción de tutela, sustanciado por la magistrada del Tribunal, por tanto sus órdenes no nos cobijan y en tal sentido mantenemos la convocatoria del Paro” 6.

A partir de la emisión del Auto por parte del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, las diferentes autoridades locales, departamentales y nacionales, iniciaron un conjunto de acciones que tenían como propósito la deslegitimación de las diferentes jornadas de protesta, haciendo énfasis en la respuesta que le darían a las movilizaciones bajo un tratamiento de guerra, utilizando la violencia como mecanismo principal.

A pesar de ello, de acuerdo con el registro de diferentes medios de comunicación, miles de personas en diferentes partes del país salieron a marchar en contra de la reforma tributaria para demostrar su inconformidad frente a esta. Además se registra que el transcurso de estas fueron en su mayoría pacíficas, pero la represión policial y del ESMAD generaron disturbios y diversas violaciones de derechos humanos7.

Según comunicado de prensa publicado por Human Rights Internacional el 30 de abril, las graves violaciones a los derechos humanos en el marco de las movilizaciones de los días 28, 29 y 30 de abril de 2021 dejaron como consecuencia el asesinato de 35 civiles a manos de la fuerza pública, 7 de ellos verificados, una mujer abusada por un agente del ESMAD, 31 personas desaparecidas y 45 defensores y defensoras de derechos humanos agredidas por parte de la fuerza pública.

En el marco de las movilizaciones masivas, se han generado diferentes pronunciamientos por parte de integrantes del partido de gobierno llamando a

6 El Espectador, “Damos cumplimiento al auto proferido”: Ministro del Interior sobre paro del 28 de abril, 27 de abril de 2021, disponible en: https://www.elespectador.com/noticias/politica/damos-cumplimiento-al-auto-proferido-ministro
-del-interior-sobre-paro-del-28-de-abril/
7 BBBC news. Paro nacional en Colombia: miles de personas marchan en protesta por la reforma tributaria en medio de un grave repunte de casos de coronavirus https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-56897151

la fuerza pública a usar sus armas en contra de los(as) marchantes. Álvaro Uribe Vélez, líder del grupo político, manifestó en su cuenta de twitter:

“Apoyemos el derecho de soldados y policías de utilizar sus armas para defender su integridad y para defender a las personas y bienes de la acción criminal del terrorismo” (Anexo 5)

En esta misma línea del discurso de guerra, intervino en sus redes sociales el senador del Centro Democrático, Carlos Felipe Mejía:

“Pte @IvanDuque aquí están en juego la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, la convivencia ciudadana, además la salud y la vida de miles de inocentes. Urgente artículo 213 de la Constitución, decretar CONMOCIÓN INTERIOR y militarizar las ciudades” (Anexo 6)

El día de ayer 1 de mayo, siendo las 6 p.m., la Campaña Defender La Libertad: Asunto De Todas emitió una Alerta Temprana, Urgente y Preventiva, requiriendo a las autoridades competentes con el propósito de evitar que estas graves violaciones a los Derechos Humanos continúen y se investiguen los conductas y crímenes cometidos por integrantes de la fuerza pública.

Asimismo, el Proceso Social de Garantías (PSG) y el Nodo Antioquia de la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos (CCEEU), que reúne diferentes organizaciones de derechos humanos en Antioquia, haciendo seguimiento a la situación de derechos humanos en el marco de las manifestaciones, publicó el siguiente balance en el Valle de Aburrá:

Agresiones registradas entre el 28, 29 y 30 de abril en Valle de Aburrá
Tipo de hechos Cantidad
Contra los manifestantes
Privaciones de la libertad 207
Torturas 23
Empadronamientos 2

Hurtos 3
Lesiones personales 15
Judicializaciones 6
Personas de las que se desconoce su paradero 7
Contra la protesta social
Uso inadecuado de armas de menor letalidad 11
Incumplimientos de los Acuerdos 3
Agresiones indiscriminadas 9
Militarización de la protesta social 6
Disparos con armas de fuego 4
Porte armas de fuego 2
Hostigamientos 10
Presencia paramilitar 3
Agresiones contra defensores y defensoras de los DDHH
Obstrucción a la labor 10
Amenazas 2
Empadronamientos 1
Hurtos 6
Hostigamientos 2
Lesiones personales 5
Privación de la libertad 2
Intento privación de la libertad 1
Daño en bien privado 1
Contra personal médico

Privaciones de la libertad 1
Lesiones personales 3
Total 343

Estas cifras, sin tener en cuenta los hechos del 1 mayo y desconociendo aquellos que no fueron reportados o que en su defecto no lograron documentarse por parte de las organizaciones de derechos humanos en el resto del país.

De acuerdo con el balance emitido por el PSG y la CCEEU, el Estado colombiano le ha dado un tratamiento criminal, contrainsurgente e inconstitucional a este derecho fundamental, con un total de 343 agresiones violentas contra los(as) manifestantes, 207 privaciones de la libertad, además de detenciones masivas y arbitrarias. A esta violación a la libertad se suma la perpetración de torturas en contra de quienes participaban de las manifestaciones o transitaban en sus inmediaciones. Golpizas, amenazas, choques eléctricos fueron propinados por los policiales de manera indiscriminada y brutal, produciendo heridas abiertas y graves contusiones a las víctimas. Nuevamente se han registrado agresiones en contra de las mujeres por su sexualidad y condición de género8.

Entre tanto, las organizaciones que están haciendo seguimiento a la situación de derechos humanos en el marco de las movilizaciones, han advertido que durante el día de ayer 1 de mayo, en los municipios de Madrid y La Calera del departamento de Cundinamarca, se presentaron 3 homicidios en medio de las protestas sociales. Entre tanto, en el municipio de Ibagué del departamento del Tolima, la fuerza pública asesinó a 2 manifestantes.
Menciones especiales debe hacerse sobre la violencia policial desplegada en las ciudades de Cali y Pereira, en la primera de ellas las organizaciones defensoras de derechos humanos y movimientos sociales ha reportado la existencia de acciones continuas y deliberadas por parte de la Policía de Vigilancia y la presencia del Grupo de Operaciones Especiales – GOES, haciendo uso de armas de fuego automáticas, incluyendo fusiles de asalto, contra las personas que

8 Proceso Social de Garantías, Nodo Antioquia Coordinación Colombia Europa Estados Unidos. “Balance de las jornadas de protesta social en el Valle de Aburrá. 28, 29 y 30 de abril de 2021. La fuerza pública comete 343 agresiones en 3 días ¿No hay quién los detenga?¿Quién dio la Orden?”.

protestaban, como resultado de ello se reportan al menos 8 ejecuciones arbitrarias y la información de al menos otras 5 en proceso de confirmación, ya que ha existido un cerco de silencio por parte de la autoridades de policía, civiles, judiciales y del sistema de medicina legal. Adicionalmente se registran temporalmente, 24 lesionados de gravedad al menos 4 personas llevadas a cirugía, más de 200 heridos por munición química, cinética y aturdidora, 4 casos con actos de ejecución de desaparición forzada, 6 casos de violencia sexual en su mayoria asociados a personal del ESMAD, y al menos 122 detenciones arbitrarias.

En Pereira se reportaron ataques indiscriminados con armas de fuego por Policía de Vigilancia, lesionados en rostro y cabeza por munición disparada por la Policía Nacional, ataques a manifestantes por parte del ESMAD incluyendo intentos de arrollamiento con vehículos blindados tipo tanqueta, detenciones masivas y a personas que estaban movilizándose en transporte público, y un ingreso violento de la Policía dentro de la Clínica los Rosales. Al día de hoy no se conocen datos exactos de personas afectadas y detenidas.

En Barranquilla y Soacha también fueron reportadas privaciones de la libertad y uso arbitrario de la fuerza por parte de la policía, acompañadas de toques de queda que afectan el ejercicio de los derechos a la expresión, manifestación,a asociación y protesta pacífica. Lo que consolida en el país en una ocupación militar del poder civil.

Adicionalmente, destacamos que defensores de derechos humanos que han participado de las labores de verificación, han sido objeto de agresión, amenazas e intimidación con arma de fuego por parte de personal de la Policía Nacional, una situación de violencia estructural que ya ha venido siendo relatada por organismos internacionales como Alta Comisión de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en su informe “Situación de los derechos humanos en Colombia” del año 2020, en donde se deja constancia de la violencia sistemática y arbitraria empleada por la fuerza pública y organismos como el Escuadrón Móvil Antidisturbios de la policía (ESMAD), al momento de intervenir en protestas y manifestaciones9.

9 UN. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de Derechos Humanos en Colombia durante el año 2020. A/HRC/46/76. párr 33.

Por otro lado, en su plataforma Grita, Temblores ONG ha registrado desde las 6:00 a.m. del 28 de abril, hasta el 1 de mayo a las 11:00 p.m., 940 casos de violencia policial; 92 víctimas de violencia física por parte de la policía nacional, 21 víctimas de violencia homicida por parte de la policía, 672 detenciones contra manifestantes, 136 intervenciones violentas por parte de la fuerza pública, 12 agresiones en ojos, 4 víctimas de violencia sexual y 30 eventos donde integrantes de la fuerza pública accionaron sus armas en contra de la población civil.

Entre tanto, durante la alocución (Anexo 14) del presidente Iván Duque del 1 de mayo, anunció la militarización de las ciudades con el propósito de que sea el ejército quien responda a las movilizaciones convocadas y concurridas masivamente por la población civil, anuncio que reafirma el carácter de guerra con el que el ejecutivo da respuesta a las protestas ciudadanas, lo cual nos anuncia que las condiciones para las (os) manifestantes estarán mediadas por el aumento de la represión y las agresiones.
Las actuaciones del Estado colombiano desconocen de forma directa y flagrante los estándares interamericanos e internacionales en materia de protección a derechos humanos en relación con las protestas sociales y manifestaciones públicas, en tanto, han resaltado enfáticamente que los Estados deben actuar sobre la base de la licitud de los tratados internacionales y los límites del uso de la fuerza para intervenir en las protestas y han establecido que:
“(…) el hecho de que algunos grupos o personas ejerzan violencia en una manifestación no vuelve, per se, violenta toda la protesta, ni autoriza a las fuerzas de seguridad a disolver la protesta mediante uso de la fuerza ni a practicar detenciones masivas. En ese sentido, alerta que el uso de la policía y de las fuerzas de seguridad debe centrarse estrictamente en la contención de actos de violencia; así como garantizar el derecho a la protesta, sin cualquier tipo represión directa o detención arbitraria de los manifestantes pacíficos” 10
Además, es imperativo para los Estados el deber de garantizar el derecho a la vida, la integridad y la libertad de manifestación, so pena de que su incumplimiento le genere responsabilidad internacional, como ya ha sucedido con otros países de la región.

10 CIDH. Comunicado de prensa. La CIDH condena el uso excesivo de la fuerza policial y expresa preocupación por hechos de violencia en el marco de las manifestaciones públicas en Colombia. 16 de septiembre de 2020.

De igual forma, en el ámbito internacional la posición sobre la exclusión de militares y fuerzas armadas, en contextos de protesta o manifestaciones públicas11, ha sido reiterada y condenada como acciones que van en contravía de los derechos humanos, al igual que delegar tareas de orden y seguridad a las fuerzas militares, e incluso en la declaración de estados de excepción para abordar escenarios de protesta social.
Con todo lo anterior, es evidente el incumplimiento por parte del Estado colombiano de sus obligaciones nacionales e internacionales en materia de garantía de Derechos Humanos, puntualmente: i. a la vida e integridad personal, con ocasión a las violencias efectuadas por parte de la Policía Nacional y el ESMAD; ii. a libertad personal, garantías judiciales y protección judicial, debido a las detenciones arbitrarias efectuadas por parte de la Policía Nacional en el marco de las manifestaciones; y iii. al derecho a libertad de pensamiento y expresión, derecho de reunión y libertad de asociación, debido a las relatadas limitaciones que se han impuesto por parte del Estado a las movilizaciones sociales, a través del Auto de medidas cautelares, comunicados del Gobiernos Nacional y Decretos locales de toque de queda. Con ello, entonces, el Estado colombiano compromete su responsabilidad internacional en relación con la vulneración de los derechos contenidos en los artículos: 1, 2, 4, 5, 7, 8, 13, 15, 16 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El actuar del Estado colombiano, a través de la Policía Nacional y ahora con la actual decisión de militarización de las zonas urbanas, se constituyen en decisiones que acentúan las violencias preexistentes en el país y en discursos de guerra que buscan deslegitimar el descontento de la población por el gobierno de Iván Duque y las múltiples y sistemáticas violaciones de derechos humanos que se han generado en su período presidencial.

Han sido innumerables las denuncias que se han efectuado por parte de diversas organizaciones ante el Estado y organismos internacionales, resultando infructuosas en su propósito que se modifiquen los patrones en los que acciona el Estado ante un reclamo generalizado de la mayoría de la población

11 CIDH. Protesta y Derechos Humanos. Estándares sobre los derechos involucrados en la protesta social y las obligaciones que deben guiar la respuesta estatal. OEA/Ser.L/V/II CIDH/RELE/INF.22/19 Septiembre 2019, párr 172.

colombiana, trayendo consigo muertes, detenciones arbitrarias, desapariciones, violencias físicas y violencias sexuales.

Hoy, diversas organizaciones del país decidimos unir fuerzas para rechazar nuevamente las decisiones y el actuar del Gobierno Nacional, para exigir el ejercicio al derecho a la protesta sin limitaciones, la protección a la vida e integridad, el ejercicio de los derechos políticos sin censura y al cese de la violencia que se únicamente se conseguirá a través de una reforma policial y de garantía de derechos humanos por parte del Gobierno Nacional.

  1. Solicitudes y Exigencias
    En razón de las argumentos, consideraciones y hechos relacionados en la presente Acción Urgente, nos permitimos solicitar a la comunidad internacional y organismos de derechos humanos:
  2. Se dirijan al Gobierno Nacional de Colombia, en cabeza de Iván Duque, con el objetivo de que detenga la militarización de la sociedad y la estigmatización contra de quienes se movilizan para defender sus derechos.
  3. A la CIDH se realice verificación en campo (visita in loco) que permita verificar las acciones realizadas por el Estado y las vulneraciones cometidas en el país en el marco temporal denunciado.
  4. A la CIDH crear un mecanismo de seguimiento a la situación denunciada que permita de manera segura para los y las defensoras de derechos humanos, documentar y denunciar la arbitrariedad estatal.
  5. Al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, analizar la situación de vulneración y pronunciarse en el marco del mecanismo de denuncias, así como emitir recomendaciones al Estado colombiano en pro de la garantía de derechos.
  6. Requerir al Estado colombiano que le de a la protesta social un tratamiento de derecho fundamental, evitando utilizar medios de

guerra encaminados a desaparecer, asesinar, intimidar y agredir a las personas que se movilizan para exigir sus derechos.

  1. Requerir al Estado de Colombia que sean detenidamente investigados los hechos aquí relacionados y debidamente sancionados los responsables de los mismos.
  2. Requerir al Estado colombiano que los policías que han participado en diferentes violaciones de derechos humanos, aquí documentadas, sean suspendidos inmediatamente.
  3. Se requiera al Ministerio Público con el fin de que cumpla con sus funciones de órgano de control y verificación del respeto de los derechos humanos por parte del Estado colombiano, toda vez que hasta el momento ha guardado total silencio ante las masivas arbitrariedades del Estado colombiano y violaciones a los derechos humanos.
  4. Acompañamiento con enfoque de género, étnico e interseccional, para evitar abuso, desproporcionalidad de la fuerza y violaciones masivas a los derechos humanos en cabeza de las fuerzas militares, policivas y aquellos civiles que porten armas por órdenes del Gobierno Nacional.
    Asimismo nos permitimos EXIGIR al Estado colombiano:
  5. Que se adopten las medidas necesarias, que garanticen el derecho de los ciudadanos a ejercer los derechos a la libre expresión y manifestación, recordando los deberes, evitando que autoridades como la Gobernación de Antioquia utilice las medidas de cuidado en el marco del tratamiento a la pandemia para limitar el derecho a la protesta.
  6. Que se garantice el acompañamiento de Defensoría del Pueblo, Personerías municipales y organizaciones defensoras de derechos humanos para verificar el estado de las personas detenidas; además de que se les garanticen los derechos a la seguridad, integridad y debido proceso.
  7. Que el Ministerio Público cumpla con sus funciones de verificación y garantía de cumplimiento y respeto de los derechos humanos, y en consecuencia, rompa su silencio cómplice con la actual situación de violencia estatal y se pronuncie conforme a los derechos fundamentales de los(as) ciudadanos(as).
  8. Que se lleve a cabo una reforma a la doctrina militar y de policía que permita cambiar el tratamiento de guerra que se le da a la protesta social, realizar una depuración de la fuerza pública retirando a aquellos agentes estatales que han estado relacionados con graves violaciones a los derechos humanos y el desmonte del escuadrón Móvil Antidisturbios como fuerza letal para quienes ejercen su derecho fundamental a movilizarse y expresarse libremente.
  9. Que reconozca un trato diferencial a personas que sean identificadas en grupos poblacionales especiales, ejecutando estrategias encaminadas a minimizar el impacto de los hechos descritos en poblaciones como: habitantes de calle, indígenas, mujeres y niños; entre otras.

Semillero de Litigio ante Sistemas Internacionales de Protección a los Derechos Humanos

Universidad de Antioquia

Corporación Jurídica Libertad

Corporación Everyday Homeless

Veeduría al Plan de Vacunación de Antioquia

Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDH)

Centro de Estudios Estanislao Zuleta (CEEZ)

Temblores ONG

Asociación Red de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos (DH Colombia)

Colectivo Casa Jaguar

Comité de Solidaridad con los Presos Políticos – Seccional Antioquia

Fundación Confiar

Campaña No Más Derechos Vulnerados Por Los Uniformados

Bolívar en Falda

Colectiva Degenere

Colectiva La Grieta

Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado

El Grito de Pandora

No estás sola

Jardín Feminista

ConVoz Colectiva

Medio de comunicación alternativo Enfoque de Oriente

Movimiento por el aire y la salud pública

Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Casa Morada

Corporación Nibaru

Ananda

Corporación Colectivo Sociojurídico “Orlando Fals Borda”

Corporación Jorge Luís Ortega García

Pazalamemoria,

Colectivo Conversemos actuemos

Campaña No Copio

Campaña Nada justifica el Homicidio o Feminicidio

Suscriben:

Visited 76 times, 1 visit(s) today
Last modified: 25 febrero, 2022
Close Search Window
Cerrar