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Informe: Violencias sexuales y otras violencias contra mujeres en el contexto del Paro Nacional de Colombia 2021

Presentamos el informe Violencias sexuales y otras violencias contra mujeres en el contexto del Paro Nacional de Colombia 2021, presentado por las organizaciones Casa de la Mujer, Comunitar – Corporación de Mujeres Ecofeministas Corporación Humanas, Corporación Jurídica Libertad, Corporación Vamos Mujer, Campaña Defender la Libertad Asunto de Todas Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, el Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos, Proceso Social de Garantías para la Labor de los Líderes y Lideresas Sociales Comunales, Defensores y Defensoras de Derechos Humanos de Antioquia, Ruta Pacífica de Mujeres Sisma Mujer, Women’s Link Worldwide; ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el marco de la visita de trabajo realizada a Colombia entre el 8 y el 10 de junio de 2021

En este informe sostenemos que la Fuerza Pública ha utilizado las violencias sexuales (en adelante “VS”) y otras violencias basadas en género (en adelante “VBG”) contra las mujeres como parte de la represión violenta de la protesta, incurriendo así en violaciones de derechos humanos, y reafirmando dichas violencias como formas de impedir el goce efectivo de los derechos a las mujeres, especialmente a hacer parte de la vida pública y política del país, a la libre expresión y asociación, y a una vida libre de violencias. La Campaña Defender la Libertad registró 491 mujeres víctimas de violencias policiales y 29 casos de VBG –que incluyen distintas formas de VS– entre el 28 de abril y el 2 de junio1. Por su parte, al 21 de mayo de 2021 la Defensoría del Pueblo había registrado 106 casos de VBG contra mujeres y personas con OSIGEG diversa desde el inicio de la protesta, 23 de los cuales fueron casos de VS2. A su vez, de acuerdo con Temblores ONG, Indepaz y PAIIS, al 31 de mayo de 2021 se habían registrado 25 víctimas de VS y 6 víctimas de VBG3.

Como lo ha indicado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (“CIDH”), la violencia sexual “es un problema caracterizado por la falta de denuncia y subregistro”4. Aún así, las cifras de VS y VBG señaladas muestran que estas se exacerbaron en este periodo de movilización social, como se verá más adelante, alcanzando magnitudes alarmantes que permiten identificar que no son hechos aislados del contexto en el que ocurren, sino que obedecen a una lógica guerrerista y una estrategia de intimidación hacia las mujeres, idea que se profundiza a razón de la difusión mediática de discursos encubridores por parte de autoridades y funcionarios públicos5.

En el marco de la protesta, estas violencias hacen parte del continuum de las violencias que, en general, se ejercen contras las mujeres por su condición de ser mujeres. Este continuum se da tanto en el espacio de lo público como de lo privado en tiempo de paz, y se exacerba durante los conflictos armados y estallidos sociales. Dentro del ámbito público, se destacan escenarios de exigibilidad de derechos fundamentales, como lo es la protesta social, mecanismo utilizado de manera histórica para defender y promover derechos que ha sido fuertemente reprimido, limitado y criminalizado en Colombia.

Las mujeres han jugado un rol importante en las protestas sociales del Paro Nacional 2021. Además de su participación como manifestantes en las protestas sociales, en distintas ciudades del país las mujeres han llevado a cabo plantones y vigilias feministas6; se han agrupado como “Mamás de la Primera Línea”, con el fin de proteger a los y las jóvenes que protestan7; han organizado ollas comunitarias para sostener las protestas8; entre otras. Es en el marco de las diversas formas de participación que las mujeres han sufrido distintas formas de violencia e impactos de la represión policial durante el Paro Nacional 2021.

En el derecho internacional de los derechos humanos (en adelante “DIDH), las VS y VBG son un asunto de derechos humanos y responsabilidad Estatal, de acuerdo con diversos órganos de control de tratados, incluyendo al Comité de Derechos Humanos9, el Comité contra la Tortura10, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales11, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad12, y Comité para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer – CEDAW13. Particularmente, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha instado a los Estados a prestar “particular atención a la integridad y protección de las mujeres y las defensoras de los derechos humanos frente a los actos de intimidación y de acoso, así como contra la violencia de género, incluidas las agresiones sexuales, en el contexto de las manifestaciones pacíficas”.

En el derecho nacional, las violencias contra las mujeres constituyen violaciones a los DDHH. Además, se acoge una definición amplia e integral de la violencia acorde con los instrumentos internacionales, incorporando una carta de derechos de las mujeres víctimas que deben respetarse íntegramente en la aplicación de la Ley 1257 de 200815; se reconoce el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias en todos los ámbitos, en concordancia con la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer (en adelante «Convención de Belem do Pará»); y se compromete al Estado en el reconocimiento, protección y garantía de estas violencias. Recientemente, la Corte Suprema de Justicia colombiana rechazó la violencia basada en género contra las mujeres en el marco de la protesta social por parte de los agentes de la Policía Nacional –específicamente del ESMAD–, quienes están llamados a protegerlas.

El informe se divide en cuatro partes. En la primera, se describen los principales tipos de violencias cometidas contra las mujeres por parte de la Fuerza Pública en el marco del Paro Nacional 2021, se presentan algunos casos representativos de dichas violencias y se identifican las afectaciones generadas a los derechos humanos, de acuerdo con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y el artículo 7, numerales a y b17, de la Convención de Belém do Pará. En la segunda, se señala que el Estado ha incumplido sus obligaciones internacionales en su respuesta estatal frente las violencias contra las mujeres descritas. En la tercera, se presenta un análisis de las finalidades de las violencias contra las mujeres en el marco de la represión de la protesta social. Por último, se presentan las solicitudes a la CIDH.

Conozca el Informe Completo ⬇️

https://cjlibertad.org/comunicaciones/1.%20Informe%20VBG%20Paro%20Nacional%20-%20CIDH%20-%20Versi%C3%B3n%20p%C3%BAblica.pdf


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Last modified: 7 diciembre, 2021
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