Sin embargo, la confusión es más pragmática que real en tanto que la contundencia de los hechos ha demostrado que los grupos paramilitares forman parte de la estrategia del Estado para implementar la lucha antisubversiva en el país. Al respecto, en varios casos sobre Colombia llevados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que:
“ c) a pesar de que el 25 de mayo de 1989 la Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la normativa que daba respaldo legal a la vinculación de dichos grupos con la defensa nacional, tras lo cual el Estado adoptó una serie de medidas legislativas para criminalizar las actividades de estos grupos y de quienes los apoyen, Colombia hizo poco para desmantelar la estructura que había creado y fomentado, particularmente cuando aquellos grupos llevaban a cabo actividades de contrainsurgencia. De hecho, los lazos permanecieron a diferentes niveles, en algunos casos, solicitando o permitiendo a los paramilitares la ejecución de ciertos actos ilícitos en el entendido de que no serían objeto de investigación o juzgamiento ni sanción;
d) esta situación ha llevado a la Comisión a establecer, a los efectos de la determinación de la responsabilidad internacional del Estado conforme a la Convención Americana, que en los casos en los cuales miembros de grupos paramilitares actúan con la aquiescencia o apoyo de miembros del Ejército, debe considerarse que éstos actúan como agentes estatales;
En Colombia, se ha fundado un complejo y extremo sistema de ideas, estrategias y métodos para la represión social, la exclusión política y la concentración de la riqueza -a través de normas y procedimientos jurídicos y militares-, “justificado” en la conservación de formales convicciones de democracia, de Estado y de Nación, que han conducido a la desviación del Estado de Derecho, a la imposición de un modelo económico injusto e inequitativo, y a la inclusión en el imaginario colectivo de posturas y actitudes altamente lesivas de la dignidad humana y de justicia vindicativa.