DENUNCIA PÚBLICA
La Asociación de Cabildos Indígenas de Antioquia- Organización Indígena de Antioquia –OIA, DENUNCIA ante la Opinión Pública Nacional e Internacional los actos de profanación, violación y riesgo humanitario cometidos por el Ejército Nacional, en una clara acción de violación al Derecho Internacional Humanitario, contra las comunidades Indígenas de la etnia Embera Katio de los Resguardos Indígenas de Murrí Pantanos y Chageradó ubicados entre los municipios de Frontino, Dabeiba y Murindó en el Departamento de Antioquia.
HECHOS:
1. En el mes de junio de 2009, la Guardia Indígena y las autoridades Indígenas de las comunidades del Resguardo de Murrí del municipio de Frontino en Antioquia, en un número aproximado de 112 personas, realizaron un recorrido, en ejercicio de la autonomía, defensa y reconocimiento del territorio indígena, encontrándose con la presencia de tropas del Batallón Nº 32 Pedro Justo Berrio de la IV Brigada del Ejército Nacional, en lo que constituye una zona de territorio sagrado, ya que aquí se ubican los cerros tutelares de Jaidé Katuma que representan el equilibrio natural y espiritual para estas comunidades. Ante la pregunta que hicieran las autoridades indígenas sobre su presencia en la zona, el ejército dijo que eran consientes de que el territorio pertenecía a los indígenas pero que ellos se encontraban allí cumpliendo trabajos de inteligencia militar por orden de sus mandos.
2. En la Zona descrita habitan aproximadamente 24 comunidades indígenas con un total aproximado de 4000 habitantes entre hombres, mujeres, ancianos y niños, quienes han alertado el aterrizaje de Helicópteros militares en el cerro y la posible deforestación de una gran área del mismo, en lo que pudiera ser un helipuerto.
3. Ante estos hechos, la Guardia y las autoridades indígenas de la zona con apoyo de la Organización Indígena de Antioquia, realizaron un nuevo recorrido por el territorio, el cual se llevó a cabo entre los días 19 al 25 de octubre del presente año, encontrándose nuevamente con las tropas del Ejército Nacional, y una gran parte del territorio sembrado con minas anti persona. Los soldados impidieron el paso a los indígenas aduciendo que para permitirlo, debían tramitar antes un permiso ante sus mandos e informaron que en el sitio se va a construir una Base Militar de Alta Montaña.
4. El Convenio 169 de 1989 de la OIT, ratificado en la Ley 21 de 1990, prescriben que cualquier acto administrativo o decisión estatal que afecte a las comunidades indígenas, deben someterse al mecanismo de Consulta Previa, respetando los parámetros generales de estas normativas. El Derecho Internacional Humanitario, al cual se ha suscrito el Estado colombiano y por lo tanto, al cual está obligado so pena de incurrir en crímenes de guerra, por su parte prohíbe el establecimiento de guarniciones militares o instalación de equipos de objetivo militar, así como el despliegue de operaciones de guerra que involucren zonas de habitación de población civil y de protección especial, tales como los sitios de culto y los territorios indígenas.
5. Las comunidades indígenas de la zona constituida por hombres, mujeres ,ancianos y niños, se han declarado en resistencia por la defensa de la autonomía, el respeto y la defensa de su territorio sagrado, permaneciendo en el territorio ocupado mientras este siga siendo profanado por los actores de la guerra, que enlutan el pueblo colombiano.
EXIGIMOS DEL ESTADO COLOMBIANO Y LAS FUERZAS MILITARES
El respeto a la autonomía, a las autoridades indígenas, a la cultura, a la vida e integridad física, a la propiedad y al Derecho Internacional Humanitario, en consecuencia exigimos:
1. El desalojo y desminado inmediato de los territorios indígenas, particularmente del Cerro sagrado Jaide Katuma de las comunidades del Resguardo de Murrí del municipio de Frontino en Antioquia.
2. El acatamiento inmediato de las normas del Derecho Internacional Humanitario, so pena de incurrir en crímenes de guerra
3. La intervención inmediata de las entidades estatales de control y defensa de los Derechos Humanos como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Personería y demás, a fin de conjurar, prevenir consecuencias irremediables y restablecer los derechos de los pueblos indígenas que viven en la zona afectada.
Llamamos a los Organismos Internacionales de protección a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, tales como la Organización de la Naciones Unidas-ONU, la Organización de Estados Americanos- OEA, EL Comité Internacional de la Cruz Roja-CICR, para que adelanten las gestiones pertinentes ante el Estado Colombiano y se hagan exigibles las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las Normas del Derecho Internacional Humanitario, en particular las contenidas en el Convenio IV de Ginebra, el Protocolo II Adicional y el Articulo 3º Común a los Cuatro Convenios de Ginebra.
De la misma manera llamamos a todas las organizaciones sociales y defensoras de los Derechos Humanos para que se solidaricen, acompañen y en todo caso estén pendientes de lo que ocurre con nuestros hermanos indígenas que vienen siendo afectados en sus derechos por los actores de la guerra del pueblo colombiano.
POR LA DEFENSA DE LA VIDA, EL TERRITORIO, LA UNIDAD, LA CULTURA
Y LA AUTONOMÍA.
EL CONSEJO DE GOBIERNO INDÍGENA:
ORGANIZACIÓN INDÍGENA DE ANTIOQUIA
Medellín, 28 de octubre de 2009
E-mail: indigena@oia.org.co Web: www.oia.org.co
Tel: 284 48 45 Fax: 291 00 08
Cra. 49 # 63 – 57 Medellín – Antioquia – Colombia
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Last modified: 29 septiembre, 2021