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Declaración final audiencia por el derecho a la verdad sobre la desaparición forzada en Antioquia

Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, Capítulo Antioquia
Colectivo de Derechos Humanos Semillas de Libertad
Septiembre 9 de 2008

El día nueve de septiembre de dos mil ocho se llevó a cabo la Audiencia Pública sobre la verdad de la desaparición forzada en Antioquia el marco de la Séptima Jornada por los derechos humanos y contra la impunidad, evento convocado por el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, Capítulo Antioquia, y el Colectivo de Derechos Humanos Semillas de Libertad. Del gran número de desapariciones forzadas reportadas en la base de datos del proyecto Colombia Nunca Más fueron presentados dieciocho casos que evidencian la magnitud del crimen, los mecanismos de impunidad y los daños ocasionados a la víctimas, sus familias y las organizaciones sociales a las cuales pertenecían las víctimas.

La audiencia estuvo presidida por la doctora BLANCA NUBIA CARVAJAL MEJIA, Procuradora regional de Antioquia. Además estuvieron en la mesa principal la doctora Claudia Vallejo coordinadora de la Oficina de Derechos Humanos de la Procuraduría de Antioquia. El doctor Jairo Herrán Personero de Medellín. El doctor Max Yury Gil investigador de la Unidad Permanente de Derechos Humanos de la Personería de Medellín. El doctor Jhon Jairo gonzalez delegado de la Defensoría del Pueblo. Además de un delegado de la Fiscalía de Medellín.

De los dolorosos y valientes testimonios de los familiares de las víctimas se desprende su resistencia y lucha para lograr que en Colombia se reconozcan sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral, pero su principal llamado es que aparezcan las víctimas y que Nunca Más se repita este crimen en nuestro país, además de otras conclusiones que presentamos a continuación:

Ø  Treinta mil desapariciones forzadas documentadas en los últimos cuarenta años en Colombia, se constituyen en una dramática cifra que superando el mero concepto estadístico da cuenta de la sistematicidad de esta modalidad de Terrorismo de Estado, que no solo afecta a la persona que sufre este delito de lesa humanidad, sino que también victimiza de manera permanente las familias y entorno social de las personas desaparecidas.
 
Ø  En la mayor parte de casos expuestos es predicable la responsabilidad de agentes estatales y paraestales, situación que nos puede explicar cómo a pesar de la gravedad de esta conducta que atenta contra la conciencia ética de la humanidad en Colombia solo haya sido considerada como delito a partir de la entrada en vigencia de la ley 589 en el año 2000, y peor aún, los altos niveles de impunidad.
 
Ø  La mayoría de los casos de desaparición forzada se presentan en las zonas rurales y urbanas donde aumentan los niveles de estigmatización de las comunidades que eventualmente disienten de políticas estatales y en las regiones donde el capital transnacional  ha diseñado el desarrollo de grandes proyectos de explotación de los recursos naturales y  de obras de infraestructura.

Ø  La desaparición forzada ha sido utilizada como mecanismo de impunidad para invisibilizar el terror estatal, endilgándoseles a pesar de las evidencias que comprometen a funcionarios estatales la comisión de estos graves  crímenes a grupos paramilitares, pretendiendo de esta manera demostrar ante la comunidad internacional los estándares de eficacia del gobierno Colombiano en la promoción y defensa de los Derechos Humanos.

Ø  Varios de los casos expuestos en la audiencia develan la falaz desmovilización paramilitar, mientras el gobierno muestra ante la comunidad nacional e internacional el proceso de institucionalización del paramilitarismo como experiencia piloto de su política de seguridad democrática y de paz, las víctimas con sus denuncias demuestran que estas estructuras permanecen incólumes, que hoy en día siguen ejerciendo funciones de control social no solamente como estructuras clandestinas, sino también desde organismos legalizados como cooperativas de vigilancia y redes de seguridad ciudadana.

Ø  Las víctimas y sus organizaciones nos muestran lo inconveniente del Decreto 1290 del 2008, que trata de la indemnización individual por vía administrativa de los grupos armados la margen de la Ley, toda vez que como lo hemos constatado en esta audiencia los casos de desaparición forzada denunciados tienen como responsables a funcionarios estatales.

Ø  Propósito central de esta audiencia es visibilizar ante la sociedad la vida y obra de las personas desaparecidas, vida y obra que se replica en sus seres queridos quienes como nos hemos podido dar cuenta en este evento de manera colectiva y organizada han continuado como familiares, amigos,  hijas e hijos luchando contra la impunidad, exigiendo del Estado Colombiano, Verdad, Justicia, Reparación Integral y garantías de no repetición.

Ø  Los campesinos y campesinas de San José de Apartadó nos han compartido su experiencia de comunidad de paz en resistencia frente a los actores legal e ilegalmente armados; nos han denunciado como el señalamiento a esta comunidad de paz es realizado de manera directa por el presidente de la república y la cúpula militar, igualmente nos han hecho conocer que se han declarado en ruptura con el sistema judicial colombiano, toda vez que el mismo está diseñado como un instrumento más de impunidad, razón por la cual han acudido a instancias internacionales como la Comisión y Corte Interamericanas de Derechos humanos.

Ø  Funcionarios de la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo,  Personería Municipal y la Fiscalía de Antioquia, que nos acompañaron en la Audiencia y que igual que nosotros se sobrecogieron con los dolorosos hechos narrados, manifiestan que:

    * La procuraduría se compromete públicamente a reanimar las investigaciones por desaparición forzada, toda vez que como delito de lesa humanidad es una conducta punible imprescriptible.
 
    * La personería municipal denuncia que la desaparición forzada no es asunto del pasado y que es una conducta que persiste en la ciudad.

    * La Defensoría del pueblo expresa su compromiso en la representación de las víctimas en los procesos de Ley de Justicia y Paz dentro de las posibilidades de la Defensoría.

    * La Fiscalía reseña su compromiso institucional de avanzar con las investigaciones relativas a los delitos de desaparición forzada.

Hacemos nuestras las palabras expresadas por Doña Fabiola Lalinde en esta Audiencia para presentar las iniciativas del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado Capitulo Antioquia, sin verdad no hay justicia y sin justicia no hay reparación.

PETICIONES:

Las víctimas que participaron en la Audiencia expresaron sus peticiones concretas a las autoridades presentes:

1.        Cesar toda práctica de desaparición forzada en Colombia.

2.    Dignificar a las personas que son detenidas desaparecidas. Se rechaza totalmente que las víctimas sean estigmatizadas como delincuentes, drogadictos, insurgentes, y otros calificativos que utilizan, para justificar la desaparición forzada. En muchos casos, las autoridades manifiestan para abstenerse de investigar plenamente que las víctimas se vincularon a grupos armados.

3.  Reafirmar que no hay reparación integral, sin verdad, justicia y garantía de no repetición.  Estos desafíos cumplidos plenamente permitirán que en Colombia se pueda llegar a la paz.

4. Reconocer por parte de las autoridades judiciales las directrices de los protocolos internacionales para la plena identificación, exhumación e inhumación de víctimas de desaparición forzada y que los familiares cuenten con garantías para emprender labores de búsqueda, custodia de fosas y en lo posible participación en exhumaciones que permitan dignificar la memoria de nuestras víctimas.

5.     Acelerar con la participación de expertos independientes los procesos de identificación plena de los restos óseos de cientos de personas que la Fiscalía viene exhumando, y practicar las pruebas técnicas para la plena identificación, tales como ADN, si se hace necesario.

6.  Exigir a los autores de la desaparición forzada que no se eximan o excusen de entregar a las víctimas de desaparición forzada, para obtener rebajas de penas, que fueron arrojadas a los ríos. Deben indicar con toda precisión donde se encuentran las víctimas. Este es su compromiso con la verdad.

7. Que se investigue la responsabilidad de altos mandos militares en la práctica de desaparición forzada, ya que solo en algunos casos, muy pocos cuando se llega a sancionar a responsables, generalmente son personas de bajo rango dentro de las fuerzas militares.

8.   Permitir la participación de las organizaciones de víctimas de desaparición forzada con plenas garantías en la Comisión de búsqueda de personas desaparecidas.

9.   Los casos ocurridos de desaparición forzada con antelación a la ley 589 de 2000 sean reconocidos como víctimas de la desaparición forzada y se reviva la acción penal para el juzgamiento de los responsables.
 
10. Que se mantenga la calidad de víctimas de desaparición forzada de personas por hechos ocurridos con posterioridad a la desmovilización de los paramilitares, ya que siguen activos.

11.Establecer el Día Nacional de los desaparecidos forzadamente en Colombia.

12.   En el proceso de declaratoria de muerte presunta al que se está en muchos casos obligando a los familiares de la desaparición forzada de personas, que exige entre sus requisitos la publicación de edictos emplazatorios, sean gratuitos.

13. Ayudar a encontrar la verdad de nuestros desaparecidos, que el Estado se comprometa a dar una respuesta.

14. Que cese aún todo vínculo de las fuerzas militares y agentes estatales con los grupos paramilitares. Que el Estado reconozca que aun existe el paramilitarismo y que aunque dicen que se desmovilizaron siguen actuando.

15. Mantener la causa por los detenidos desaparecidos y la dignificación de las víctimas y la unidad de las organizaciones de víctimas.

16. Devolver al país a los paramilitares extraditados a los Estados Unidos porque esa extradición se constituyó en uno más de los mecanismos de impunidad que han imperado en el país, y en especial frente a la desaparición forzada.

17.El dossier de todos los casos de desaparición forzada presentados en esta audiencia son entregados a los funcionarios de los órganos de control presentes con el propósito de que los mismos hagan un seguimiento sobre las actuaciones penales y disciplinarias que se hayan originado en relación con los mismos, así como para que intervengan conforme su deber legal en el esclarecimiento de los hechos y la sanción a los responsables.

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Last modified: 29 septiembre, 2021
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