Escrito por 2:34 am Impunidad • 2 Comments

Impunidad problema estructural no coyuntural

La opinión pública ha podido conocer la libertad provisional que viene siendo concedida a los militares investigados por el secuestro, desaparición forzada y posterior homicidio de los jóvenes del municipio de Soacha en marzo del año 2008, y con ello las explicaciones del ejecutivo que responsabiliza a los funcionarios judiciales por estas determinaciones, afirmando que se trata de funcionarios incompetentes que no han tenido la capacidad de adelantar con la celeridad requerida las investigaciones, en igual sentido se ha referido a los jueces de control de garantías para los que ha solicitado al Consejo Superior de la Judicatura la apertura de investigaciones disciplinarias. 
 
Los señalamientos provenientes del ejecutivo, evidencian la cada vez más desdibujada independencia judicial y la entelequia de la separación de poderes públicos en nuestro país, visualiza la inoperancia de la sistémica penal que fue introducido a nuestro país con la promesa de ser la solución a la impunidad y la congestión que presentaban los despachos judiciales.
 
El sistema ha demostrado ser eficiente para investigar, juzgar y sancionar penalmente a las personas que son capturadas en flagrancia, las cuales en la mayoría de los casos deciden terminar sus procesos bajo las figuras jurídicas del allanamiento a la imputación y los preacuerdos; pero así mismo se ha evidenciado su inoperancia para adelantar la acción penal en los casos que exigen de investigaciones rigurosas. Es así que el sistema penal se ha dedicado a perseguir los delitos cometidos por los sectores más empobrecidos de nuestra sociedad, mientras los delitos de “cuello blanco”, así como las violaciones a los derechos humanos reposan en las estanterías de los fiscales sin que se vislumbre  asomos de justicia. Son los procesos adelantados para investigar y sancionar los autores de los delitos de poca trascendencia social los que alimentan las estadísticas oficiales que pretenden demostrar el éxito en la aplicación del nuevo sistema de enjuiciamiento.
 
La razón de esta situación no es posible encontrarla en la formación de los funcionarios judiciales, sin desconocer que existe, pero el problema es estructural; en nuestro país atendiendo requerimientos foráneos se implementó un sistema judicial sin generar las condiciones para su aplicación;  se pretende descongestionar los despachos judiciales y no se asignan los suficientes fiscales para dirigir las investigaciones, ni los jueces que puedan adelantar adecuadamente las causas penales. Evidentemente existe un problema de sobresaturación laboral, donde los funcionarios están dedicados a atender los procesos que aún quedan del sistema de juzgamiento anterior y los del nuevo sistema, esto ha dado lugar a que escasamente puedan tramitar los abundantes casos que a diario llegan por capturas en flagrancia.
 
Igual problemática se puede predicar con los funcionarios de policía judicial y del Instituto de Medicina Legal, responsables de recaudar los medios probatorios, pues a pesar de que el sistema judicial ordena llevar a cabo la investigación en un término de treinta días, existe limitación en el número  de estos funcionarios, lo que genera un represamiento de las investigaciones.
 
El Estado colombiano no proporciona a la rama judicial los medios necesarios, para evitar que casos como los de las ejecuciones extrajudiciales queden en la impunidad, al no proporcionarle los recursos técnicos, logísticos y de investigación; por lo que el vencimiento de términos en el caso de los homicidios de los jóvenes de Soacha, será  la constante en todos los procesos por crímenes de lesa humanidad y violación a los derechos humanos, lo que deviene un una denegación de justicia para las víctimas.
 
La problemática que afronta nuestro sistema judicial responde a una intencionalidad política, pues la inoperancia del aparato de justicia y la impunidad consustancial a ella, es funcional al Estado, garantiza que los graves casos de violación a los derechos humanos no sean esclarecidos, así como la responsabilidad de los funcionarios públicos involucrados en estos crímenes, y es precisamente lo que podría dejar en la impunidad los delitos cometidos por agentes estatales en contra de ciudadanos inermes.
 
Son  estas problemáticas estructurales  las que vienen generando la libertad provisional de los militares; mientras las mismas no sean resueltas,la impunidad será la constante en los procesos que demanden una rigurosa actividad investigativa.
 
A esta problemática estructural, se suma el hecho de que en las recientes decisiones judiciales, en las que se concede la libertad provisional a los militares, se evidencia el éxito de una estrategia auspiciada desde el Ministerio de Defensa, mediante la cual un grupo de abogados se han ocupado de realizar maniobras evidentemente dilatorias, creando talanqueras que impiden que los procesos avancen hacia la administración de justicia, y con ello generando los vencimientos de términos que obligan a la concesión de la libertad provisional de los militares investigados.
 
Finalmente preocupa que para satisfacer  a una opinión pública se opte por el recorte de derechos y garantías fundamentales de las personas privadas de la libertad, no será extraño que en los próximos días el ejecutivo  expida una normatividad que amplíe los términos para el otorgamiento de la libertad provisional por su vencimiento ó se deniegue tajantemente esta salvaguarda procesal, y mientras el debate se centra en garantizar que “la delincuencia” no recobre la libertad, los problemas estructurales del sistema judicial Colombiano que permiten la impunidad de los crímenes de lesa humanidad, continuaran sin solución.
 
 
Corporación Jurídica Libertad
 
26 de enero de 2010
 
 
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Colombia
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Last modified: 29 septiembre, 2021
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