Escrito por 10:35 am Impunidad

Inteligencia ofensiva: servicios secretos contra el estado de derecho

La Constitución Política de Colombia en su primer artículo erige como fundamento del régimen político, económico y social que éste se regule bajo la forma de un Estado Social de Derecho, lo que significa “realizar la justicia social y la dignidad humana mediante la sujeción de las autoridades públicas a los principios, derechos y deberes sociales de orden constitucional . Es decir, se configura una forma de organización política en la cual el centro del Estado sean sus ciudadanos y ciudadanas, con derechos y deberes, satisfaciendo la concepción más amplia e integral de respeto a la dignidad humana. Ésta es la esencia de la legitimidad del Estado: el poder público regulado con apego a la Constitución y la ley, teniendo como principal límite el reconocimiento de los derechos ¨inviolables¨ de la persona. Según la Constitución colombiana el Estado tiene como supravalor al ser humano, lo contrario es una perturbación o sustitución de ese régimen político, pues la dignidad humana se subordinaría a la defensa de una determinada concepción de razón del Estado, de defensa del Estado, del poder en sí mismo.

Otros presupuestos acompañan el significado del Estado Social de Derecho: la separación de los poderes, la supremacía del poder civil sobre el militar, la democracia como forma de gobierno, entre otros; todos ellos respondiendo a la salvaguarda de los Derechos Humanos integrales de las personas. Pero esos principios que son la reserva ética y política de la humanidad ¿sustentan el ideario de actuación del Poder del Estado en nuestro país?  Creo que no, el problema no es de ahora, sino de hace mucho tiempo, sólo que con la denominada “Política de Seguridad Democrática” se consolida esa inversión de valores hasta el punto de tener amplia aceptación social; un imaginario colectivo, que está haciendo prevalecer el autoritarismo sobre la dignidad humana, aunque ello implique la violación de derechos como la vida, la integridad, la libertad en todas sus manifestaciones, la intimidad, en definitiva la seguridad individual y colectiva de los asociados.

Pero ¿por qué digo que esa alteración de los principios tutelares del Estado de Derecho no es nueva? Porque una importante variedad de reglas jurídicas determinadoras de la vida política, social y económica del conglomerado social se han inscrito en la concepción del enemigo interno, recogida en normas de estados de excepción, que fueron convertidos en legislación permanente, en procedimientos penales y militares, y que el actual Gobierno ha intentado llevarlas a rango constitucional, a través de poderosos intentos de reformar la Carta Política. Todo ello justificado en la histórica lucha del Estado contra el comunismo, el terrorismo o el narcotráfico. Ese enemigo interno está claramente definido: en principio lo es el que ha sido considerado “base social o apoyo de los grupos insurgentes” o quien desarrolla o implementa “la guerra jurídica o política en contra de las instituciones”, y dada la amplia concentración de poderes en el Ejecutivo, ahora los enemigos son los “opositores al gobierno”. En el primer rango, catalogan al Movimiento social, sindical, campesino, indígena, afrosdescendiente, de mujeres, de Derechos Humanos, periodistas, partidos políticos de izquierda, y personas y organizaciones internacionales que desarrollan proyectos de cooperación en Colombia; el segundo se ha ampliado a Magistrados que defienden las garantías individuales y el Estado de Derecho, y  a líderes de partidos tradicionales que están haciendo oposición, o incluso a los propios militantes del Partido oficialista, como forma de “curarse en salud” y someterlos a chantajes o extorsiones.

Completo: INTELIGENCIA OFENSIVA

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Last modified: 9 marzo, 2022
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