Written by 3:44 pm Comunicados, Derechos Humanos, JEP, Pronunciamientos, Publicaciones, Víctimas

Víctimas rechazan los recortes presupuestales que buscan debilitar la JEP y la búsqueda de personas desaparecidas

Bogotá, 22 de septiembre de 2026. Ante las recientes declaraciones y decisiones del Gobierno Nacional relacionadas con el presupuesto y funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD), las organizaciones que integramos el Espacio de Litigio Estratégico (ELE), comprometidas con la defensa de los derechos de las víctimas, expresamos nuestra preocupación y hacemos un llamado a garantizar las condiciones necesarias para que estas instituciones puedan cumplir integralmente su mandato.

Lo que está en juego trasciende en el funcionamiento administrativo y presupuestal de las dos entidades. En realidad, está comprometida la capacidad del Estado para garantizar la centralidad de las víctimas, quienes después de décadas de impunidad, continúan esperando verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

La JEP y la UBPD hacen parte del diseño institucional derivado del Acuerdo de Paz de 2016 y fueron incorporadas a la Constitución Política mediante el Acto Legislativo 01 de 2017. A su vez, el Acto Legislativo 02 de 2017 estableció el deber de las instituciones y autoridades del Estado de cumplir de buena fe lo establecido en el Acuerdo Final. La JEP tiene a su cargo investigar, esclarecer y juzgar los hechos más graves y representativos ocurridos durante el conflicto armado, determinar responsabilidades y adoptar decisiones orientadas a garantizar los derechos de las víctimas. La UBPD, por su parte, desarrolla una función humanitaria y extrajudicial esencial para la localización, recuperación e identificación de las más de 130.000 personas dadas por desaparecidas en este mismo contexto.

Estas funciones son indispensables para el cumplimiento de las obligaciones estatales y la garantía efectiva de los derechos de las víctimas y los compromisos derivados del orden constitucional. Por ello, las decisiones presupuestales que reduzcan o comprometan las capacidades operativas, investigativas, judiciales, territoriales y de acompañamiento de estas entidades deben ser examinadas teniendo en cuenta sus efectos concretos sobre los derechos de las víctimas.

Para 2027, la JEP ha señalado una necesidad presupuestal de $947.642 millones para garantizar el adecuado desarrollo de sus funciones, mientras que el proyecto de presupuesto contempla $821.803 millones, lo que representa una brecha superior a $125.000 millones. A esta situación se suma la propuesta presentada el 17 de septiembre de trasladar $100.000 millones del presupuesto de la JEP a la Rama Judicial.

De concretarse una reducción de esta magnitud, sus efectos no recaerían únicamente sobre la administración de la jurisdicción. Por el contrario, tendrían consecuencias directas sobre las víctimas y sobre las posibilidades reales de participación y acceso a la justicia transicional. Menores capacidades presupuestales pueden traducirse en dificultades para asistir a audiencias y diligencias, participar efectivamente en los distintos procesos, contar con representación y orientación jurídica, acceder a acompañamiento psicosocial, desarrollar labores de investigación y contrastación, afectar rutas activas para el desminado humanitario y garantizar presencia territorial.

La autonomía e independencia de la JEP tampoco puede entenderse separada de las condiciones materiales necesarias para ejercer sus funciones. Una jurisdicción sin capacidades suficientes para investigar, juzgar y adoptar decisiones oportunas ve comprometida su posibilidad de garantizar efectivamente los derechos que tiene el deber de proteger.

Es necesario reconocer que, pese a sus dificultades y a los cuestionamientos que legítimamente pueden formularse sobre su funcionamiento, la JEP ha producido avances que han significado para miles de víctimas una posibilidad de conocer lo ocurrido y avanzar en la determinación de responsabilidades.

En los procesos adelantados por la Jurisdicción, las víctimas han podido escuchar directamente a responsables de graves crímenes; reconocer hechos, explicar patrones de actuación, identificar estructuras y, en determinados casos, aportar información sobre las cadenas de mando y reconocer los daños ocasionados. Particularmente para las víctimas de crímenes de Estado, el Macrocaso 03 ha permitido avanzar en la investigación de asesinatos y desapariciones ilegítimamente presentados como bajas en combate, así como en la determinación de responsabilidades de integrantes de la Fuerza Pública y otros partícipes.

A diciembre de 2025, la JEP reportaba 21 Autos de Determinación de Hechos y Conductas y 338 imputaciones a 304 comparecientes identificados como máximos responsables o partícipes determinantes. Estos avances son importantes, pero no significan que la tarea esté culminada.

Para las víctimas de crímenes de Estado continúa siendo indispensable esclarecer integralmente los hechos, determinar las responsabilidades en las distintas cadenas de mando y estructuras criminales, garantizar la comparecencia efectiva de quienes aún no han aportado verdad y reconocido responsabilidad, materializar las sanciones que correspondan y asegurar una participación efectiva de las víctimas en las etapas que todavía deben desarrollarse.

La JEP ha permitido avanzar de manera significativa hacia el esclarecimiento de graves violaciones de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH), así como hacia el reconocimiento de responsabilidades que, en numerosos casos, permanecieron décadas sin ser plenamente establecidas. Precisamente por la relevancia de estos avances, resulta indispensable asegurar las condiciones necesarias para que pueda cumplir de manera efectiva su mandato.

La situación de la UBPD reviste una gravedad particular. La entidad ha identificado la necesidad de contar con aproximadamente $112.002 millones para 2027, mientras que el proyecto presupuestal contempla $59.636 millones en recursos de inversión, dejando una brecha de $52.366 millones. Esta diferencia amenaza capacidades indispensables para la búsqueda humanitaria y extrajudicial de las más de 130.000 personas dadas por desaparecidas, así como las intervenciones forenses, los laboratorios de identificación, la presencia territorial, la participación de las familias y el fortalecimiento de la infraestructura y tecnología necesaria para avanzar en la búsqueda.

La labor de la UBPD ha permitido que más de 800 familias reciban de manera digna a sus seres queridos y que se avance en la recuperación e identificación de cuerpos y en la protección de lugares de interés forense. Estos resultados demuestran que la búsqueda es posible cuando existen capacidades institucionales y recursos suficientes. Detrás de cada persona desaparecida hay una familia que lleva años -y en muchos casos décadas- esperando respuestas. Para ellas, la búsqueda no puede estar sometida a interrupciones o retrocesos presupuestales.

Defender la continuidad y financiación adecuada de la JEP y la UBPD no significa desconocer la necesidad de fortalecer su funcionamiento, transparencia, rendición de cuentas y capacidad de respuesta frente a las víctimas. Por el contrario, las instituciones del Sistema Integral para la Paz deben garantizar altos estándares de transparencia, eficiencia y rendición de cuentas, así como fortalecer sus mecanismos de participación y asegurar que el principio de centralidad de las víctimas se traduzca en condiciones materiales efectivas para ejercer sus derechos.

Pero las medidas de fortalecimiento institucional no pueden confundirse con decisiones que terminan debilitando las capacidades necesarias para cumplir sus mandatos. Las víctimas tienen derecho a exigir instituciones eficaces, transparentes y capaces de responder a sus expectativas de justicia. También tienen derecho a que el Estado no reduzca las herramientas que hacen posible el cumplimiento de esas obligaciones.

Las organizaciones del Espacio de Litigio Estratégico – ELE – hacemos un llamado al Gobierno Nacional, al Congreso de la República y a las demás autoridades públicas para que las decisiones sobre el presupuesto de la JEP y la UBPD se adopten garantizando su independencia, continuidad y capacidad efectiva de actuación. Asimismo, llamamos a respetar las obligaciones constitucionales derivadas del Acuerdo Final y los compromisos internacionales del Estado colombiano en materia de derechos de las víctimas y de lucha contra la impunidad.

Rechazamos, además, el proyecto de acto legislativo impulsado por el Centro Democrático que pretende crear una revisión automática de las sentencias condenatorias proferidas por la JEP contra integrantes de la Fuerza Pública, atribuyendo esa competencia al Tribunal Superior Militar. Trasladar a la justicia penal militar la revisión de lo ya decidido por la Jurisdicción, rompe la igualdad de trato entre quienes comparecen ante ella, debilita las sanciones, compromete gravemente la autonomía e independencia judicial de la JEP, subordina la justicia transicional a la justicia castrense y desconoce los derechos de las víctimas a la justicia y a la no repetición, así como el carácter integral y definitivo de las decisiones del Sistema.

Colombia no puede permitirse que, después de décadas de impunidad, las víctimas vuelvan a soportar cargas desproporcionadas y barreras para el acceso a la justicia, perpetuando la espera y ausencia de respuesta por parte del Estado.

#LaVerdadNoSeRecorta #JusticiaParaLas7387 #VerdadParaRepararJusticiaParaNoRepetir

Visited 11 times, 11 visit(s) today
Etiquetas: , , , Last modified: 22 septiembre, 2026
Close Search Window
Close